EL CONTRATO DE TRABAJO
JUSTIFICACION .. Este puede darse cuando una relación se encuentra
reunidos los elementos que lo configuran
Explicaremos
las modalidades de un contrato su
diferencia entre suspensión y
terminación y
Cuáles son
los pasos para elaborar un contrato de trabajo
también conoceremos que formas
Hay para
terminar un contrato de trabajo y cuáles
son las causas justas para finalizar un contrato
Por parte
del empleador o del trabajador.
OBJETIVOS... 1. Distinguir entre personal natural y personal jurídico
2. Describir los elementos que integran o configuran el contrato de
trabajo
3.
Diferenciar entre contrato de trabajo y
relación de trabajo
4.
Determinar las clases de contrato de trabajo
5.
Distinguir las formas de terminación del contrato
6.
Elaborar diferentes clases de contratos
SUSCRIPCION DEL CONTRATO DE
TRABAJO . QUE ES
CONTRATO DE TRABAJO. SU
DEFINICION. SUS FORMAS. SUS ELEMENTOS
SU TERMINACION. ETE
En toda empresa seria organizada la persona que es contratada debe
diligenciar el correspondiente
Contrato de
trabajo para que quede constancia
documentada un que el contrato verbal
también tiene plena valides
DEFINICION
DE CONTRATO DE TRABAJO
En el
artículo 22 el CST dice. Es aquel para
el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra
persona natural o jurídica bajo la subordinación de la segunda a cambio de remuneración. Quien presta el servicio se denomina trabajador
quien lo recibe y remunera
empleador y su remuneración es el salario
QUE ES
PERSONA NATURAL
Todo
individuo humano no importa edad sexo
o condición
QUE ES
PERSONA JURIDICA
Persona
ficticia capaz de ejercer derechos y contratos obligatorios es representada judicial y
extrajudicialmente a través de su gerente o representante legal eje empaques Ltda. Explicado
esto
afirmamos que las personas naturales son los únicos sujetos pasivos del
contrato de trabajo quiere decir que se comprometa
a prestar un servicio personal a otra
persona natural o jurídica eso es un
contrato de trabajo
El único
contrato que puede existir entre 2
personas jurídicas es de NATURALEZA, como contratos civiles mercantiles, de transporte no se puede hacer un contrato de trabajo
entre ellos. Articulo 22 cts.
HAY 3
ELEMENTOS ESNCIALES DEL CONTRATO
1. PRESTACION
PERSONAL DEL SERVICIO esto quiere decir
que la persona que se contrató para el servicio
debe hacer su labor a otra persona natural o jurídica este debe hacer el trabajo para el cual se
comprometió
2. DEPENDENCIA O SUBORDINACION consiste en la facultad que tiene el empleador de impartir
al trabajador órdenes e instrucciones en
cualquier momento en cuanto a modo tiempo
y cantidad de trabajo e imponerle
condiciones o reglamentos
situación que debe mantenerse por
todo el tiempo que dure el contrato todo
esto sin que afecte el honor la dignidad y los derechos mínimos del trabajador QUE ES SUBORCINACION, es la sujeción de un empleado a horarios , reglamentos ,
informes periódicos , ordenes por parte de quien lo ha contratado
QUE ES DEPENDENCIA ,
es la obligación que asiste al empleador de suministrar al trabajador los
elementos necesarios para que este pueda desempeñar a cabalidad la labor para
la que fue contratado eje . Operario.
Espacio, maquina, silla, herramientas,
elementos de protección, e t e
3. REMUNERACION O SALARIO este elemento es de trascendental importancia es la retribución por el servicio prestado,
al desarrollar del contrato y contratar a una persona es necesario ser cuidadoso pues el código sustantivo de trabajo en su
artículo 24 establece a favor del trabajador la presunción consistente en, toda relación de trabajo personal está regida por un contrato de trabajo en anteriores ocasiones la sala de la corte
suprema de justicia ha explicado que en
materia laboral los datos formales que
resultan de documentos contractuales o
similares aunque sean elaborados de
buena fe , no necesariamente son definitivos para establecer la existencia o inexistencia del vínculo contractual laborado
ya que debe preferirse los datos
que ofrece la realidad de la relación jurídica
analizada si contradice lo que informan los aludidos documentos
Diferencia entre contrato de trabajo
y relación de trabajo, este radica en que en el primero debe reunirse los 3 elementos ya
enunciados mientras que en el segundo puede faltar cualquiera de ellos, eje Babaría s. a, contrata los servicios de
la firma consultores técnicos Ltda. , para que lleve la contabilidad, en esta relación de trabajo no existe el
elemento prestación personal de servicio
ni el elemento subordinación, puesto que consultores técnicos pueden enviar hoy
3 contadores públicos y mañana enviar otros 3
y luego los primeros 3 entre estos no existe un contrato de trabajo,
entre dos personas jurídicas no hay
lugar a un contrato de trabajo
Lus variandi. Es la facultad que tiene el empleador
de modificar ciertas condiciones laborales del trabajador dentro de ciertos
límites esta facultad se desprende del elemento subordinación las limitaciones que entrañan el lus variandi
hacen referencia al honor la dignidad seguridad , los intereses y de derechos
mínimos del trabajador
Modalidades de contratos
Según la
forma los contratos pueden ser
Verbales
Escritos
Contrato de trabajo Realidad
A.
CONTRATO VERBAL DE TRABAJO. como lo indica su nombre es el que se celebra
de palabra mucha gente piensa de manera equivocada que cuando no existe contrato de trabajo escrito
aquel que ha sido
contratado de forma verbal no tiene
ningún derecho laboral, eso no es así tanto el trabajador que ha suscrito un
contrato como el que ha sido contratado
verbalmente es tan amparados por la ley
laboral y tienen derecho a las prestaciones sociales
que pasa cuando
en un contrato verbal el empleador
y el
trabajador no se ponen
de acurdo con el salario ,
esto lo resuelven las autoridades laborales . si el trabajador no requiere
actividades con técnica alguna
o especialización la remuneración
para una jornada de ocho horas será el mínimo
que cada año
fija el gobierno , si es de más de ocho horas se hará
proporcional a las horas
trabajadas, si el trabajador es técnico o profesional la remuneración se fija
mediante el nombramiento de un
perito elegido por un juez
laboral es aconsejable no hacer
contratos de trabajo verbal pues
puede ser desventajoso
para ambas partes
B.
CONTRATO ESCRITO DE TRABAJO.
Documento firmado por las partes
están incluidas todas las condiciones
del mismo este
contiene los siguientes
asuntos
1.
Nombre o razón social del empleador
2.
Domicilio
del empleador o de la empresa
3.
Nombre
del gerente o representante legal
4.
Clase
de contrato
5.
Nombre
del trabajador
6.
Domicilio del el trabajador
7.
Duración
del periodo de prueba
8.
Condiciones
del contrato
9.
Causas
de terminación del contrato
10.
Cantidad
y forma de remuneración
11.
Lugar
y fecha donde se celebra
12.
Firmas
del empleador trabajador y testigos
Este
contrato es el más aconsejable, tanto
para el empleador
como para los trabajadores
Según su término
de duración los contratos pueden ser
1. TERMINO
FIJO
2. TREMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO
3. TERMINO
INDEFINIDO
4. DE OBRA
5. OCASIONAL
O TRNSITORIO
6.
ESPECIALES. COMO LOS DE LOS PROFESORES
DE COLEGIOS PARTICULARES Y LOS AGENTES COLOCADORE S DE POLIZAS
C. CONTRATO DE TRBAJO REALIDAD este contrato surge de lo que ocurre en la
práctica independientemente delo que haya
expresado en un documento o de lo
que la voluntad del empleador haya supuesto
CONTRATO DE
TRABAJO A TERMINO FIJO
Este se
utiliza generalmente en la vinculación de personas altamente técnicas o
calificadas este contrato debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a 3 años
pero es prorrogable indefinidamente, para la terminación de este contrato por
vencimiento del termino pactado es necesario que la parte que lo termine avise
ala otra con una anticipación no
inferior a 30 días
REQUISITOS
Que conste
por escrito
30 días El
termino de duración no puede ser mayor a 3 años
pero se puede prorrogar indefinidamente
Para su
terminación debe dar un aviso con una anticipación de
CONTRATO A
TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO
La ley 50 de
1990, en el numeral 2 del artículo 3
estableció el contrato de trabajo a término fijo inferior a un año
imprimiéndole como característica importante el hecho que el trabajador
vinculado con contrato de esta naturaleza
tiene derecho a todas las prestaciones sociales y vacaciones en
forma proporcional se cual sea el
termino laboral . No obstante el termino fijo es inferior a un
año únicamente podrá prorrogarse hasta por 3 veces por periodos iguales o
inferiores al cabo de los cuales el termino de renovación no podrá ser inferior
a un año y así sucesivamente
REQUISITOS
Que conste por escrito
Que el
periodo de prueba sea equivalente a la quinta parte der termino inicial pactado
El
trabajador tiene derecho a todas las prestaciones sociales y alas vacaciones en
forma proporcional
Para la terminación del mismo por vencimiento del
pactado se de aviso por escrito con una
anticipación no inferior a 30 días con excepción del contrato de trabajo a
término fijo de un mes o menos de un mes
El contrato
puede prorrogarse hasta por 3 veces por el lapso inicial pactado o por uno
inferior la cuarta prorroga y las siguientes no pueden ser inferiores aun año
CONTRATO DE
TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO
Este es el
más común de los contratos no requiere forma escrita aun que es la más
aconsejable para conveniencia de las partes tiene vigencia mientras
subsista las causas que le dieron origen
y la materia del trabajo, sin que esto quiera decir que para su finalización el empleador no
pueda acogerse a las cláusulas de terminación de
que tratan los artículo 7 DEL DECRETO 2351 DE 1965 Y 6 DE LA LEY 50
DE 1990
Si pare este
contrato no se adoptado la forma escrita si no la verbal las partes deben estar de acuerdo, por lo
menos en la índole del trabajo, el lugar donde se presta el servicio y la remuneración.
CONTRATO DE
OBRA
Esta clase
de contrato es muy común en las empresas de ingeniería o de montajes requiere
que se pacte por escrito y que en él se estipule con gran claridad la
naturaleza de la obra o labor contratada el empleador puede darlo por
terminado una vez se haya finalizado la
obra o labor contratada o cuando se haya llegado el 80% de la totalidad , pare que un contrato de obra no se
transforme en un contrato a término indefinido , se debe pagar los salarios y
prestaciones adecuadas tan pronto termine el contrato , si se hace
necesario firmar un nuevo contrato de obra con el mismo trabajador , debe tener
causa y objetivo diferente
REQUIOSITOS
Que conste
por escrito
Que se
determine la labor por realizar
CONTRATISTA
INDEPENDIENTE
El
contratista independiente es un verdadero empleador cuando, siendo persona
natural o jurídica se obliga para con otra,
llamado beneficiario a realizar una obra o labor determinada siempre que se den
los siguientes requisitos
que sea por un precio determinado
que
asuman todos los riesgos
que realice
la obra con medios propios
que tenga
libertad y autonomía técnica y directiva
que se
contrate por un precio determinado
no obstante
que el contratista independiente es un verdadero empleador cuando reúne los
requisitos ya mencionados , el dueño o beneficiario de la obra también es
solidariamente responsable de los salarios y prestaciones sociales de los
trabajadores , cuando la obra o labor contratada pertenece a la actividad
normal o al giro ordinario de los
negocios del beneficiario .
CONTRATO
OCACIONAL O TRANCITORIO
Es este un
contrato muy especial y del que conviene hacer buen uso. Consiste en la
ejecución de las labores ajenas a las
actividades normales de una empresa y cucha duración no puede exceder de 30 días. El trabajador solo tiene derecho
al pago del valor acordado por sus servicios y a que se les suministre los
primeros auxilios en caso de accidente de trabajo no tiene derecho a ninguna
prestación
EJE... Una
empresa dedicada a la producción de gaseosa contrata un trabajador para que
pinte sus bodegas y oficinas, este será un verdadero contrato ocasiona o transitorio,
por cuanto la actividad que seba a desarrollar el trabajador es total mente
ajeno a las actividades normales del empleador
REQUICITOS
Debe
constar por escrito
Debe
relacionarse con actividades ajenas a las normales de la empresa que contrata
Su duración
no puede exceder de 30 días
Si al cumplir
el término de 30 días el trabajador no ha finalizado la labor
que le fue encomendada se le cancela el
valor del contrato y se suscribe uno nuevo sin exceder de 30 días
CONTRATOS
ESPECIALES
Contrato de
trabajo con establecimientos particulares de enseñanza
El contrato
de trabajo de los profesores de establecimientos particulares de enseñanza se
entiende celebrado por el año escolar a
menos que se contrate por un tiempo menor esto
es, que cuando se habla de año escolar el tiempo de duración del
contrato será el del año lectivo. No se trata de un contrato a término fijo
sino de
uno celebrado por el término de duración
de una labor determinada, cual es la enseñanza. El valor de las cesantías
se liquida teniendo en cuenta que el año escolar equivale un año calendario,
cuando un profesor es contratado por el año lectivo sus vacaciones son las
mismas de establecimiento para el cual trabaja, el profesor contratado por
horas tienen derecho a que se le liquiden
sus prestaciones sociales en
forma proporcional al tiempo laborado y
a la remuneración recibida.
AGENTES
COLOCADORES DE POLIZAS DE SEGUROS Y TITULOS DE CSPITALIZACION
Son agentes
colocadores de pólizas de seguros y títulos de capitalización las personas
naturales que promueven la celebración de contratos de seguro y capitalización
y la renovación de los mismos en
relación con una o varias compañías de seguros o sociedades de capitalización, son
agentes independientes las personas que por sus propios medios se dedican a la promoción de pólizas de
seguros y títulos sin dependencia de la
compañía cuando así ocurre no se podrá pactar cláusulas de exclusividad con barias compañías de seguros
COLOCADORES
DE APUESTAS PERMANENTES
Los
comúnmente dominados vendedores de
chance al igual que los enunciados en el
párrafo anterior podrán tener el carácter de dependiente o independiente. Estos son dependientes cuando
han celebrado contrato de trabajo con
una empresa concesionaria y son
independientes cuando por sus propios
medios se dediquen a la promoción de apuestas permanentes sin dependencia de una empresa
OBLIGACIONES DE LAS
PARTES
CONTRATANTES
Obligaciones
del empleador
Tanto estas
como las que incumben al trabajador,
deben estar incluidas dentro el reglamento interno de trabajo. De igual
manera deben expresarse las prohibiciones
correspondientes a uno y
otro vamos a verlas a continuación
Poner a
disposición de los trabajadores los
instrumentos adecuados y las materia
prima necesaria
Locales
apropiados y elementos adecuados de protección contra accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales
Prestar de
inmediato los primeros auxilios en caso de accidente o de enfermedad mantener un botiquín con lo necesario para
atender los casos anteriores
Pagar la
remuneración pactada en las condiciones periodos y lugares convenidos
Guardar
absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador a sus creencias y sentimientos
Conceder al
trabajador las licencias que solicite de acuerdo con las condiciones señaladas en el reglamento interno de trabajo
Dar al
trabajador que lo solicite un certificado de trabajo donde conste el tiempo de
servicio , la índole del trabajo y el salario devengado
Pagar al
trabajador los gastos razonables de ida y vuelta si para prestar el servicio le hizo cambiar
de domicilio a él y a su familia también debe garantizar ante el ministerio de
la protección social el regreso del
trabajador al territorio colombiano
poniendo a su disposición los pasajes
Cumplir el
reglamento y mantener el orden , la moralidad y el respeto a las leyes
Permitir al
menor de 18 años el acceso a la
capacitación laboral y concederle permiso no remunerado cuando una actividad escolar así lo
requiere artículo 244. Código del
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
Son
obligaciones especiales del trabajador
Realizar
personalmente su labor en los términos estipulados acatar y cumplir las órdenes e intrusiones de sus superiores
No comunicar
a terceros , salvo autorización expresa las informaciones que tengan sobre su trabajo sobre todo las cosas que sean de naturaleza
reservada
Conservar en
buen estado los instrumentos y útiles
que le hayan sido facilitado
Comunicar
oportunamente las observaciones que estime conducentes a evitar daños y
perjuicios
Guardar rigurosamente la moral en la relaciones con
sus superiores y compañeros
Prestar la
colaboración posible en caso de riesgo que amenacen las personas de la empresa
Observar las
medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico del empleador
Observar con
sumo cuidado las instrucciones preventivas de accidentes o enfermedades profesionales
PROHIBICIONES
continuación destacaremos algunas prohibiciones
del empleador
Reducir detener
o pagar suma alguna del
monto de los salarios en dinero que corresponde a los
trabajadores .
Exigir o aceptar dinero del trabajador como garantía
para conservar su puesto
Imponer a
los trabajadores obligaciones de
carácter religioso o político
Autorizar
propaganda política en los sitios de trabajo
Permitir
rifas o colectas en los mismos sitios
Autorizar
cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabaja
PROHIBICIONES
Se prohíbe al trabajador
Retirar de
la empresa los útiles de trabajo o las materias primas
Trabajar en
estado de embriagues o drogado
Aportar
armas de cualquier clase
Faltar al
trabajo sin justa causa
Disminuir
intencionalmente el ritmo de trabajo , suspender labores
Hacer
colectas rifas o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo
PERIDO DE
PRUEABA es la etapa inicial del
contrato de trabajo que tiene por objeto por parte del empleador, apreciar las
actitudes del trabajador y por parte de este la conveniencia de las condiciones
de trabajo [articulo 76. Cst]
Este debe constar por escrito, no es
necesario suscribir un contrato de trabajo basta con elaborar un documento
donde se pacte la iniciación de labores y el termino acordado como periodo de prueba, el cual no puede
exceder a 60 días, en los contratos a término fijo, cuya duración sea inferior
a un año el periodo de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del
termino inicialmente pactado para el
correspondiente contrato ni puede
exceder de 2 meses cuando entre un mismo
empleador u un trabajador se celebra
contratos de trabajo sucesivos no es válida la estipulación del periodo de prueba salvo para el primer
contrato .
Durante el
periodo de prueba el trabajador tiene derecho a las siguientes prestaciones
Afiliación a
pensión y salud
Pago
oportuno
Pago de
auxilio de transporte
El valor
correspondiente a las cesantías por el tiempo servido y la prima de servicios
en forma proporcional
El valor de
los intereses de las cesantías
El valor
correspondiente a la prima de servicios
en forma proporcional
Se tiene
derecho a todas las prestaciones sociales en forma proporcional lo mismo que a la vacaciones
En cuanto
al trabajador en
periodo de prueba es
necesario que por
su parte observe las
siguientes normas
Realizar la
labor con la
responsabilidad con la que
debe actuar toda
persona de bien,
acatando las instrucciones que imparte el empleador
Proceder en
todos sus actos
con honestidad y
lealtad de manera que
no aparenta ser
una persona en
periodo de prueba
Cumplir con exactitud el horario
que le fue
impuesto
D. Observar que
las condiciones laborales pactadas le convengan para
su estabilidad
e. Durante el
periodo de prueba el
trabajador puede dar
por terminado el contrato
médiate comunicación que envía a
quien a nombrado de
la empresas a
contratado sus servicios sin
dar explicación alguna
SUSPENSIÓN DEL
CONTRATO DE TRABAJO
Que
es la suspensión.
Es la interrupción
en la ejecución normal del
contrato de trabajo
Cuáles son
las causas de
suspensión.
Por fuerza
mayor o caso fortuito que
temporalmente impida la ejecución del
contrato.. ejemplo. Inundación, terremoto , incendio o
detención preventiva del trabajador
Por muerte
o inhabilidad del empleador
cuando este sea
una persona natural
y su presencia
sea indispensable
Por sierre
o cláusula de
la empresa hasta por
120 días para que el
contrato de trabajo
pueda suspenderse
Por licencia
o permiso temporal
concedido o por sanción
disciplinaria
Por ser
llamado el trabajador a prestar
servicio militar
Por detención
preventiva del trabajador
Por huelga
declarada en la
forma prevista en la
ley
EFECTOS DE LA
SUSPENCION
La
interrupción en la ejecución del
contrato de trabajo por
las causas ya mencionadas,
produce
los siguientes efectos
1. cesa para
el trabajador la
obligación de prestar
el servicio
2.
cesa
para el empleador
la obligación de
pagar los salarios correspondientes al
tiempo de la suspensión
3. el tiempo
que dure la suspensión puede ser descontada para liquidar
cesantías pensión de jubilación y vacaciones
4. el empleador
responde por las obligaciones
surgidas con anterioridad
a la suspensión del
contrato y su enfermedad
debe ser atendida
por el estado
TERMINACION DEL
CONTRATO
Existen 3
grupos de motivos para que
el contrato de trabajo
termine
Por las causas
legal mente definidas en
el articulo 5 ley
50 de 1990 que subrago el artículo 2 del cts.
Por las
justas causas contempladas
en la ley en
el reglamento interno
del trabajo y
en el contrato del trabajo
Sin justa causa
que en general da
el derecho a la indemnización establecida en el artículo 28 de
la ley 789
del 2002 que modificó el
artículo 64 del cts.
el contrato puede terminar por las siguientes cusas
a. Muerte
del trabajador
b. mutuo
consentimiento
c. Espiración del
plazo fijo pactado
d. terminación
de la obra a labor
contratada
e. Liquidación o
clausula definitiva de la empresa
o establecimiento
f. suspensión de
labores por parte
del empleador por más de
120 días
Sentencia ejecutoriada
decisión unilateral
del empleador o del
trabajador cuando exista una
justa causa uno
presentación del trabajador
a sus labores al desaparecer
la causa de suspensión del contrato las
causas de la
terminación del contrato
de trabajo por
ser del orden legal
no aplican para
empleador el pago de indemnizaciones de
ninguna naturaleza
POR PARTE DEL
EMPLEADOR
Son justas causas
para dar por
terminada el contrato
de trabajo
El haber
sufrido engaño por
parte del trabajador mediante la
presentación de certificados falsos para
su admisión , numeral 1 decreto
2351 de 1965 el
trabajador puede incurrir en
esta causal obteniendo
cartas de recomendación de empleadores que
no ha tenido, con un
tiempo ficticio o
mayor al que en realidad es , que
trabajo con un salario superior
al que realmente tenía con un
cargo que nunca
desempeño poseer un título
que tampoco estudio, cuando
niega su estado
civil o su
verdadera fecha de nacimiento
En
que momento se
opera esta causal
En
el momento que advirtió
el engaño por
parte del trabajador
a un en el
caso que este haya
paso el periodo
de prueba es de
anotar que no todos
los engaños pueden apreciarse
en forma inmediata algunos de
ellos son conocidos
con posterioridad al
periodo del prueba
o después de a ver transcurrido
varios años si el
engaño del trabajador
se desprendiera la comisión de
un delito el empleador
está en la
obligación de denunciarlo
ante las autoridades
competentes
2.
todo acto de violencia,
injuria , malos tratamientos o
grave indisciplina en
que incurre el
trabajador en sus labores
contra en empleador
los miembros de
su familia el
personal directivo o
los compa{eros del
trabajo , numeral 2 articulo
7 decreto 23 51
de 1965 esta causal
es bien clara
el trabajador incurre
en ella cuando
agrede a cualquiera
de las personas
allí enunciadas estando ejerciendo
sus labores de
palabra o de
obra como el caso
de las respuestas
altaneras o las expresiones vulgares la
grave indisciplina debe
ser cometida por el trabajador
dentro de las
labores . este numeral
contiene dos cáusale
por las cuales
el empleador puede
dar por ternando
el contrato trabajo en la
forma unilateral con
justa causa
a.
la primera de
ellas se refiere al
daño intencional causado a los
edificios obras maquinas materia
prima instrumento o
demás objetos relacionados con
el trabajo
b. la segunda
hace referencia a la
grave negligencia que ponga
en peligro la seguridad
de las personas o
de las cosas, el trabajador puede
incurrir en esta causa,
cuando
debiendo emplear todos los
medios para evita el
peligro no los
emplea
3. todo acto
inmoral o delictuoso que el trabajador cometa
en el establecimiento o lugar
del trabajo en
el desempeño de
sus labores numeral 5
articulo 7 decreto m2351
de 1965
En
este numeral es preciso
que los empleadores
distingan 2 clases
de faltas
El acto
inmoral es aquel que
contrataría la ética
y las buenas
costumbres motivo justo
para dar por
terminado el contrato
de trabajo , no siempre
el acto inmoral
es delictuoso el hurto , las
lesiones personales , el homicidio son
actos inmorales que tipifican
una conducta delictiva las
proposiciones deshonestas o sexuales
aúna empleada o
empleado son actos
inmorales que no
configuran delito
El acto delictuoso
debe tratarse de
manera muy especial los
delitos están clara mente
definidos dentro de
nuestra legislación penal no
se necesita ser
profesional en derecho
penal advertir cuando
se está frente
a un echo delictuoso o por comisión
o por
omisión
PROCEDIMIENTO PARA
TERMINACION DEL CONTRATO
a. En empleador debe
tener certeza suficiente sobre la autoría del
echo delictuoso por parte
del trabajador una acusación
injusta debe traer
consecuencias funestas para
la entidad que ha
señalado a un
trabajador como responsable de
un delito
b. lo
primero que hará
el empleador será instaurar
la denuncia antes las
autoridades
iniciada
la investigación dará
por terminado el contrato
enunciando la conducta
ilícita del trabajador
empleador
solo estar en
mora de pagar el
auxilio de cesantía
cuando el trabajador
sea absuelto se
aconseja consignar esta
prestación una vez
tenga conocimiento de su absolución
lo
anterior nos indica que
esta causal que además de comprender
las obligaciones y
las prohibiciones especiales que debe
observar el trabajador también justifica la terminación del contrasto
por la
comisión de una
falta grave calificada
el
deficiente rendimiento en
el trabajo en
relación con la capacidad
del trabajador y con
el rendimiento promedio
en las labores análogas cuando no
se corrija en un
plazo razonable a pesar del
requerimiento del empleador numeral 9 artículo 7
decreto 2351 de 1965
para
aplicar la casual
anterior el empleador
debe guiarse por el
siguiente procedimiento
a. hará al
trabajador dos requerimiento
escritos para que
mejore su rendimiento ,
Con intervalo no
inferiores a 8 días
b. si el
empleador no queda
satisfecho así se lo hará saber
al trabajador dentro de los 8 días
siguientes a la fecha
de recibo el
descargo
c. posteriormente
puede tomar la dedican de dar
por terminado el
contrato avisándole con 15 días de anticipación
todo
Visio del trabajador
que perturbe la indisciplina
del establecimiento numeral 11
articulo 7 decreto
2351 de 1965
no todo Visio del
trabajador puede ser
perturbador, fumar por
ejemplo no lo
será a menos que
la empresa lo prohíba expresamente
el
Visio del alcohol
o sustancias alucinógenas
o narco dependiente
puede justificar la
decisión unilateral del empleador
por dar terminado
el contrato de
trabajo
la
ineptitud del trabajador
para realizar las labores encomendadas numeral 13 artículo 7
decreto 2351 de
1965
parece ilógica este
causal si existe un periodo
de prueba para
apreciar las actitudes
del trabajador y su idoneidad
para
desempeñar las labores encomendada
la enfermedad contagiosa
o crónica del
trabajador que no tenga
el carácter profesional
así como cualquier
otra enfermedad o
lección que lo incapacite para
el trabajo cuya curación
no haya sido
posible durante 180 días
el despido por
esta causa no
podrá efectuarse sino al
vencimiento de dicho lapso y
no exime al empleador
de prestaciones , indemnizaciones legales
y convencionales derivadas
de la enfermedad , numeral 15 artículo 7
decreto 2351 de 1965
POR PARTE DEL
TRABAJADOR
Despido indirecto
o auto despido
También el
trabajador puede dar
por terminado el
contrato de trabajo
con justa causa atribuible al
empleador y como
consecuencia este deberá
indemnización al trabajador
como se verá
dentro de este
estudio en la unida correspondiente ala indemnizaciones estas caudales son
El a
ver sufrido engaño
por parte del
empleador respecto de las
condiciones de trabajo numeral 1
articulo 7 decreto
2351 de 1965 , el trabajador sufre
engaño por parte
del empleador cuando este no ha
sido claro y sincero sobre
la índole del
trabajo que debe
realizar o el
lugar donde ha
de prestar el
servicio o cuando pactadas
una remuneración resulta con
otra ben diferente
en prejuicio del trabajador
Todo
acto de violencia
malos tratos o amenas
graves hechas por el
empleador contra el
trabajador a los miembros
de su familia
dentro o fuera
del servicio , numeral
2 artículo 7
decreto 23 51 de
1965
Cualquier acto
del empleador sus
representantes que induzca
al trabajador a cometer
un acto ilícito o
contrario a sus concisiones políticas
o religiosa , numeral
3 de articulo
7 decreto 2351
de 1965
Todas las circunstancias que
el trabajador no pueda prever al
celebrar el contrato
y que ponga
en peligro su integrada y
salud ,ejemplo el
mal estado en
los que se
encuentran los equipos
al servicio del
trabajador y que
el empleador no
muestre diligencia en repáralos
al
evitar peligro en
la salud del
trabajador
Todo perjuicio
causado maliciosamente por
el empleador al
trabajador en la prestación
delo servicio, numeral
5 articulo 76
decreto 2351 de 1965
El incumplimiento sistemático
sin razones validad sus
obligaciones contrata actuales convencionales o
legales numeral 6 articulo
7 decreto 2351
de 1965 no pagar
el salario en
el término intitulado
del contrato no sumista
los elementos de trabajo o
cualquier violación de
las obligaciones del emperador son razones más
que suficientes
DESPIDOS QUE
REQUIEREN AUTORISDACION LEGAL
Existen 5 casos
especiales
Trabajadora en
estado de embarazo
Trabajador amparado
por el foro sindical
Incumplimiento de intrusiones sobre salud ocupacional
Despidos colectivos
Trabajador con limitaciones
FORMA
DE TERMINACION DE
CONTRATO
La terminación debe
hacerse por escrito si
la terminación del
contrato de trabajo
se efectúa sobre el
precioso de prueba así exista otra
causal es suficiente que en la
comunicación se diga.
Doy
por terminado su contrato
de trabajo por periodo
de prueba’ en caso
del empleador
Doy
por terminado mi contrato de
trabajo por periodo de
prueba en caso del
trabajador
Cuando la terminación del
contrato de trabajo se
hace con base
en cualquiera de
las causales ya
enunciadas al empleador o al trabajador
les bastara narrar
los hechos o
las faltas cometidas con
todos los detalles
necesarios incluyendo expresiones palabras
insultos etc.
Cuando el
contrato de trabajo
tenga como causa
la comisión de un delito se
debería en lo
posible además de
indicarle al trabajador
la conducta delictiva en
la cual incurrió
Si la terminación de contrato no está acompañado de
una justa causa será suficiente expresar
el comunicado se dará por
terminado el contrato en
forma unilateral para el
empleador o estar dispuesto
a pagar la indemnización
de que
habla la ley
a partir de la fecha
para el trabajador
RESUMEN el contrato de
trabajo está integrado
por 3 electos
esenciales la prestación personal
del servicio, la subordinación o dependencia
y remuneración sino existen
esas 3 no
hay contrato de trabajo
si no
una relación de
trabajo que no genera prestaciones sociales los contratos son
en su forma verbal o escrito a término
fijo, a término inferior
a un año, ocasional
o transitorio indefinido de
obra de contratista independiente estos
contratos pueden terminar
en la forma y por
las causas determinadas
en la lay.
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